El pasado 1 de septiembre de 2017 se obtuvo la Inscripción en el Registro de Fundación de la Comunidad Autónoma de Aragón (España), consiguiendo por lo tanto el reconocimiento del derecho de la Fundación para fines de interés general según la Ley y por lo tanto las donaciones que se hagan a Fundación ECUUP por parte de residentes españoles tienen exención fiscal de acuerdo a normativa vigente.
NOTA: Las cantidades donadas por residentes en España podrán ser objeto de una deducción en su IRPF del 75% de los primeros 150,00 euros, y, además, de un 30% de las cantidades superiores a 150,00 euros (en este segundo caso, la deducción podrá incrementarse hasta el 35% si se hacen donaciones durante años sucesivos). En caso de que el donante sea persona jurídica, la misma podrá deducirse en su Impuesto de Sociedades el 35% de las cantidades o bienes donados (límite, que podrá incrementarse hasta el 40% si se hacen donaciones durante años sucesivos)
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